Concede fuerza ejecutoria en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de fecha 11 de febrero de 2002, dictada por el Juzgado Promiscuo de Familia del Municipio Los Patios, Norte de Santander, República de Colombia, que decreta por mutuo consentimiento de los cónyuges, la cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso, contraído entre Orlando Peñaranda Sandoval y Gabrielina Estupiñán Núñez, efectuado el 25 de octubre de 1986, en la Parroquia María Auxiliadora de la ciudad de Cúcuta