, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadana OLGA INÉS DURÁN de SAYAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.567.990, y ciudadanos ISAAC AUGUSTO SAYAGO DURÁN, y ORIANA LISBETH SAYAGO DURÁN, venezolanos, mayores de edad, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JESÚS DAVID SAYAGO QUIROZ, quien era venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad Nº V-3.795.455, en su carácter de cónyuge la primera y de hijos los segundos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte.....