El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha cuatro (04) de diciembre de 2017, por el abogado Rafael Ignacio Núñez Flores, co-apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha diecisiete (17) de octubre de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha diecisiete (17) de octubre de 2017, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. que declaró: "...De todo lo anterior se tiene, que en el presente procedimiento de divorcio, la contestación de la demanda tendría lugar un día fijo, es decir, en el término fijado expr.....