este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, de los cónyuges, SAYDA IRENE ALVAREZ DE GELVIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 16.408.949, y GUSTAVO ENRIQUE GELVIS PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-11493.702 respectivamente, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 14 de Diciembre de 1991, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la parroquia La concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, según se evidencia del Acta de Matrimonio Numero 469.