de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con los artículos 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos existentes entre los cónyuges ciudadanos MAYA MONSALVE ZENAIDA Y MEDINA CASANOVA, YAMNYS LUIS, declarada por este Tribunal según auto de fecha 05 de mayo de 2005, en divorcio.
Como consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matrimonio, que fue celebrado por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida en fecha 03 de diciembre de 2003, acta Nro. 78.
El Tribunal homologa lo acordado por los cónyuges en el escrito de separación de cuerpos introducido en fecha 05 de mayo de 2003, que obra al folio 01 y su vueltos del presente expediente.