se declara sin lugar el reparo que sobre éste punto se formuló y Así se decide.
Téngase el presente auto como parte integrante y complemento de la decisión proferida en fecha 12/06/2007, y se reitera que se ordena al Partidor designado JOSE ALFONSO MURILLO OVIEDO, realizar y presentar un nuevo Informe de Partición, tomando como base el valor real de la Firma Personal Estación de Servicio CRISLAGO y de la Compañía Anónima GARBAZ, con las bases, referencias o lineamientos expuestos en la decisión de fecha 12/06/2007, cursante del folio 530 al 534 y una vez determinado su justo valor se distribuyan éstos dos (2) bienes equitativamente entre todos los coherederos. Igualmente el Partidor deberá verificar y cuantificar el dinero efectivamente disponible en las cuentas bancarias, tal como se estableció en la decisión supra citada