Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana
de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por DESALOJO fue interpuesta por el ciudadano ANIBAL BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.880.991, domiciliado en Las Mesas, Municipio Antonio Rómulo Costa y hábil, representado judicialmente por la Abogado NURY CASTRILLO BARRIENTOS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 79.965; en contra de la Ciudadana MAGALY JOSEFINA MÉNDEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-9.352.138, domiciliada en Las Mesas, Municipio Antonio Rómulo Costa.
SEGUNDO: Se declara procedente el desalojo solicitado por ANIBAL BAUTISTA, en conse.....