se decreto la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL A LA LIBERTAD, este Tribunal, ordena librar las correspondientes ORDENES DE CAPTURA, a la ciudadana imputada en autos: Zambrano Maldonado María Eugenia, venezolana, nacida en fecha 27-02-1.980, titular de la cédula de identidad Nº v-14.942.622, residenciada en Mata de Guadua vía Principal, frente al vivero Jardín, Nro. G-63, Estado Táchira, por la comisión del delito de Lesiones Personales intencionales Leves, previsto y sancionado en el Artículo 416 del Código Penal, para la fecha del hecho. Líbrense las boletas respectivas, notificando la presente decisión, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, déjese copia para el archivo del Tribunal.