PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado WILLIAM JAVIER NIETO GUERRA, de nacionalidad Venezolana, de 37 años de edad, con cédula de identidad Nº V.-13.587.440, nacido en fecha 11-04-1974, soltero, profesión u oficio buhonero, residenciado en barrio los andes san josecito, calle 7, vereda 7, casa sin numero, por donde hay una latonería, Estado Táchira quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículo 41 y 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las mujeres a una Vida libre de Violencia, en perjuicio de NANCY TARAZONA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley que rige la materia.-----------------------
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley que rige la materia, ordenándose la remisión de las actuaciones a la .....