ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LEY, PRIMERO: SE DECRETA EL ACUERDO REPARATORIO, celebrado entre la imputada Laydi Yusmel Jerez y la víctima en Representación del Multihogar Niño Jesús, ciudadana Rosalirica Parra Acosta en su condición de Coordinadora de la Fundación Civil Comunitaria Hijos de Dios, extinguiéndose así la acción penal correspondiente, y sobreseyéndose la causa a favor del ciudadano Laydi Yusmel Jerez, de nacionalidad venezolana, natural de La Azulita, Estado Mérida, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 24-12-1979, estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante, hija de María Elena Jerez (v) y Luis Alberto Torres (f), titular de la cédula de identidad Nro. V-14.761.154, residenciada en Las Rurales, calle 03, casa Nro. 2-25, diagonal al Ambulatorio Rural II, en la casa donde venden ladrillos, de Santa Elena de Arenales, Esta.....