revisados como han sido los recaudos se desprende que para proceder a admitir una demanda deben estar cumplidos una serie de requisitos y en el presente caso de la revisión de los recaudos consignados, no se desprende documento alguno (Contrato de Arrendamiento) donde se compruebe la relación arrendaticia existente entre las partes; en consecuencia no encontrando este Tribunal llenos los extremos que rige la norma adjetiva para la sustanciación de la demandada incoada, es forzoso para este Juzgador declarar INADMISIBLE la presente demanda en los términos planteados.