PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 17del Ministerio Público, contra el adolescente (OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), ampliamente identificado; por la presunta comisión de los delitos de ROBO PROPIO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, en perjuicio de la ciudadana S.G y EL ORDEN PÚBLICO; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos por ambas partes a los efectos de un eventual juicio oral y reservado.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE, al adolescente (OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), ampliamente identificado; por la presunta comisión de los delitos de ROBO PROPIO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, en perjuicio de la ciudadana S.G y El Orden Público; TERCERO: De conformidad con lo establecido en el art.....