En consecuencia, en virtud de los recaudos acompañados al libelo de la demanda los cuales constituyen presunción grave del derecho que se reclama, y por cuanto son concurrentes los requisitos exigidos en la norma antes mencionada y por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos por el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 646 ejusdem, SE DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble conformado por casa-quinta y su parcela propia signada con el N° 11 del Parcelamiento "COFINCA" del Conjunto Residencial "Las Yayas", ubicado en Pueblo Nuevo, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, con número catastral 20-23-01-U01-010-032-009-000-000-000; con un área aproximada 202,40 Mts2, comprendido dentro los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con parcela N° 12, mide 25,30 mts; SUR: Con parcela N° 10, mide 25,30 mts; ESTE: Con carrera 6, mide 8,00 mts; y OESTE: Con propiedad que es o.....