"...Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio entre los ciudadanos LUIS EDUARDO LEON CONTRERAS y MARISELA MARIA CARIDAD AGUILAR DE LEON, plenamente identificados en autos, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencias dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 693, de fecha 02 de junio del año 2.015 y N° 446-2.014 de fecha 15 de mayo de 2.014 queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta N° 97 de fecha 18 de octubre de 2.002, ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Antímano, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
Liquídese la comunidad conyugal si .....