REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
214º y 165º
Solicitud N° 16.157.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SOLICITANTES: LUIS EDUARDO LEON CONTRERAS y MARISELA MARIA CARIDAD AGUILAR DE LEON, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédula de identidad Nros. V-12.846.081 y V-13.252.589, en su orden, ambos domiciliados en La Fría, Municipio García de Hevia del estado Táchira.
ABOGADO ASISTENTE: ENDER ALEXANDER PEREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.305.974 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 255.251.
MOTIVO DE LA CAUSA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
PARTE NARRATIVA
Mediante escrito presentado por los ciudadanos LUIS EDUARDO LEON CONTRERAS y MARISELA MARIA CARIDAD AGUILAR DE LEON, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédula de identidad Nros. V-12.846.081 y V-13.252.589, en su orden, ambos domiciliados en La Fría, Municipio García de Hevia del estado Táchira y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio ENDER ALEXANDER PEREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.305.974 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 255.251, de este domicilio y jurídicamente hábil; mediante el cual solicitaron el Divorcio por mutuo consentimiento de acuerdo a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil.
Por auto de fecha siete (07) de octubre de 2024, este Tribunal admitió la solicitud presentada y ordenó la notificación al Fiscal del Ministerio Público de Familia.
En fecha veintiocho (28) de octubre de 2024, la alguacil adscrita a este Tribunal consigno diligencia mediante la cual manifiesta que entrego Boleta de Notificación a la Fiscalia Decimo Quinta del Ministerio Público del Estado Táchira, la cual fue recibida, sellada y firmada.
En fecha veintiocho (28) de octubre del año 2024 la Abg. Maria Berenice Molina Molina, Fiscal Provisorio Decima Quinta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e instituciones Familiares de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, estando legalmente notificada, expreso al ciudadano Juez; “... actuando como parte de buena fe, manifiesta que no tiene objeciones ni observaciones que hacer a la presente solicitud, por lo que, emite OPINION FAVORABLE. Es todo...”
PARTE MOTIVA
Este sentenciador observa que se han cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con lo estipulado con carácter vinculante en las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de Justicia N° 693-2015 de fecha 02 de junio de 2.015 y N° 446-2.014 de fecha 15 de mayo de 2.014, en consecuencia, el divorcio solicitado debe declararse con lugar y así formalmente se decide.
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el Divorcio entre los ciudadanos LUIS EDUARDO LEON CONTRERAS y MARISELA MARIA CARIDAD AGUILAR DE LEON, plenamente identificados en autos, de las características dichas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencias dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 693, de fecha 02 de junio del año 2.015 y N° 446-2.014 de fecha 15 de mayo de 2.014 queda disuelto el vinculo conyugal contraído entre ellos, según Acta N° 97 de fecha 18 de octubre de 2.002, ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Antímano, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.
Liquídese la comunidad conyugal si hubiere lugar a ello.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo de este tribunal
Dada, firmada y sellada en el TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en La Fría, a los 30 días del mes de octubre de 2024. Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. Thelmo A Villamizar G.
La Secretaria Accidental,
Ingrid Y. Méndez M.
En la misma fecha, siendo las 10:00 a.m., se publicó la presente decisión.
La Secretaria Accidental,
Ingrid Y. Méndez M.
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