PRIMERO: Declarar SIN LUGAR el PUNTO PREVIO alegado por el apoderado judicial de la parte contrarecurrente, el Abogado en ejercicio Juan Carlos Márquez Almea, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.937, motivo por el cual considera procedente conocer el recurso ordinario de apelación, y tomar en cuenta los argumentos expuestos por la parte recurrente en su escrito de formalización.
SEGUNDO: Declarar CON LUGAR el RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN, ejercido por los Abogados en ejercicio Reideer Smith Rivas Rivas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 180.704 y Juan Carlos Aparicio Villamarin, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 282.261, en representación de los ciudadanos Carmen Arelis Andrade Contreras, Freddy José Andrade Contreras, Yolimar Andrade Contreras, Henry Alexander Andrade Contreras, Nora Esperanza Andrade Contreras e Yris Lourdes Andrade Contreras, en contra de la decisión de fecha 28.....