CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 31 de noviembre de 2006, comparecieron de manera voluntaria los ciudadanos: NUVIA TORRES TORRES y NELVES EDUARDO MUÑOZ SÁNCHEZ, con el carácter de demandante y demandado, respectivamente, quienes convinieron, por ante la referida Fiscalía, en la fijación del monto de la obligación alimentaria, asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación alimentaria, de fecha 08 de noviembre de 2006, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del mont.....