PRIMERO: DECLARA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano ALAIND MORA BONILLA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio del Táchira, Estado Táchira, nacido en fecha 21 de febrero de 1.978, de 32 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad V.-13.364.600, hijo de Luis Francisco Mora (v) y de Leonor Bonilla (v), de profesión u oficio T. S. U2.; Estudiante, (0414) 376.37.45, residenciado la Carrera 13, entre calles 3 y 4 Nº 3-28; Barrio Miranda, San Antonio del Táchira, modificando la precalificación Fiscal de "... en la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal...", por el del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en concordancia con el artículo 420 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos Rafael Moreno Ruiz y Eyner Gregorio González Orozco, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánic.....