ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECLARA INOCENTE y en consecuencia ABSUELVE al acusado EDWIN ALIRIO SANDOVAL VIVAS, de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, nacido en fecha 21 de noviembre de 1990, de 20 de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Construcción, titular de la cédula de identidad N° V- 21.200.520, residenciado en La castra, vereda 17, casa N° B-58, San Cristóbal, Estado Táchira, de la comisión de los delitos ROBO PROPIO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 455 y 218 del Código Penal, en agravio del Orden Público.