DECLARA: 1°: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO en el recurso de abstención o carencia interpuesto por la Sociedad Mercantil CENTRO CLÍNICO SAN CRISTÓBAL HOSPITAL PRIVADO, C.A, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA.
Notifíquese mediante oficio al Procurador General de la República, de conformidad con lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Zayda Yorlett Chávez Cáceres .....