Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley actuando en primera instancia declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Ruptura Prolongada, formulada por los ciudadanos: ALLON BACHUT BARRERA ANTELIZ y LORENA DEL CARMEN MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.634.580 y V-12.973.553, respectivamente, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y en consecuencia decide: PRIMERO: Queda disuelto el vínculo conyugal contraído por los ciudadanos: ALLON BACHUT BARRERA ANTELIZ y LORENA DEL CARMEN MORA, en fecha 01 de julio de 2007, según consta en acta de matrimonio N° 11 emitida por el Registro Civil Parroquial Dr. Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira. Y así se declara. SEGUNDO: Liquídese la com.....