Reponer la presente Causa al estado de Dar
Contestación a la misma por la parte demandada en la persona de quien
lo represente debidamente, en virtud de ser un deber del Juez procurar
la estabilidad de los juicios y garantizar a las partes derechos
constitucionales como el derecho a la defensa, igualdad y debido
proceso, considerándose el Acto de Contestación de Demanda como uno
de los actos más relevantes dentro de un proceso judicial y esencial al
mismo, donde incluso en virtud de los hechos narrados en la misma
llega a trabarse la Litis, generando los hechos controvertidos sobre los
cuales deba versar la actividad probatoria dentro del proceso; por lo que
se hace necesario para este Tribunal, reordenar el mismo y de
conformidad con el artículo 49 constitucional, en concordancia con los
artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, declara la
nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir del 04 de Julio de
2019, folios 43 y siguientes, inclusive. Y así s.....