Primero: Declara con lugar la inhibición propuesta por la abogada Luz Dary Moreno Acosta, Jueza Cuarta de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, en la causa seguida al acusado JOAO JOSE CAICEDO SILVA y la acusada CIELO DEL MAR MENDEZ.
Segundo: Ordena que la causa sea pasada a otro Juez de igual categoría y competencia del mismo Circuito, a los fines de la prosecución de la causa, conforme a lo previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.