PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCION y en consecuencia TERMINADO EL PROCESO, seguido por el por el ciudadano GABRIEL ENRIQUE VARELA BONILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº. V.-12.227.686, en contra de entidad Entidad de trabajo, Sociedad mercantil "DISTRIBUIDORA URUMITA C.A, con RIF Nº J-307933704, representada por la ciudadana MERCEDES FUENTES HERRERA. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintiocho (28) dìas de julio de dos mil veinticinco. 215ª y 166ª
La Jueza, La Secretaria,
Abg. Luz Haydeé Gómez G Abg. Linda Flor Vargas
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