declara:
PRIMERO: Parcialmente Con lugar, la Obligación de Manutención; solicitada por la ciudadana ANA MARIA LABRADOR DE VALE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.057.081, en contra del ciudadano JORGE ALBERTO VALE VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.378.342, en beneficio de su hija M.AV.L de TRES (03) años de edad quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.1.500,oo) mensuales los cuales deben ser descontados por nomina y depositado en la cuenta de ahorro que ordenara aperturar este Tribunal en el Banco Bicentenario y para el mes de septiembre la cantidad adicional de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,oo) y para diciembre la cantidad adicional de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,oo) por concepto ropa, calzado y gastos navideños. Una vez que quede definitivamente firme la presente decisión.
SEGUNDO: En cuanto a los gastos medicinas, así como .....