PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud del INTERES SUPERIOR DEL NIÑO VIVAS MARTINEZ, DECLARA: PRIMERO: Con lugar el aumento de obligación de manutención de la presente causa; SEGUNDO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ESTE TRIBUNAL FIJA EL AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN EN LA CANTIDAD DE UN MIL BOLIVARES (BS. 1000,00 BS) MENSUALES, serán depositados a la cuenta respectiva del Banco Bicentenario ;TERCERO: En el mes de inicio del año Escolar, el padre se compromete a comprar los uniformes y la madre los útiles escolares; CUARTO: En el mes de Diciembre el padre se compromete con los gastos de la ropa de los días 24 y 31 y la madres con los zapatos y obsequios navideños ; QUINTO: En cuanto a los gasto.....