´DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2024-000261, interpuesto en fecha doce (12) de noviembre del año 2024 –según sello húmedo de alguacilazgo-, por el Abogado Rafael Ernesto Chacón Moreno, quien actúa con el carácter Fiscal Auxiliar Interino Encargado de la Fiscalía Décima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, ejercido contra la sentencia por admisión de hechos, dictada en fecha cinco (05) de noviembre del año 2024, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, y publicada in extenso en fecha la misma fecha.
Segundo: Se fija para la Décima (10) audiencia siguiente a la de hoy.....