DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Handenson José Rosales Molina y Fabio José Ochoa Reyes, en su condición de Fiscales Auxiliares Interinos Encargados Décimo del Ministerio Público.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 23 de agosto de 2016 y publicado auto fundado en fecha 14 de septiembre de 2016, por el abogado Eliseo José Padrón Hidalgo, Juez Octavo del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, condenó al acusado JHOAN SEBASTIAN PUERTO CHAPARRO, a cumplir la pena de Cuatro (04) años de prisión, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPI.....