por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por COBRO DE BOLIVARES, ha instaurado la SOCIEDAD MERCANTIL CARIBEAN 50 C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzóategui, en fecha 02/05/1990, bajo el N° 23, tomo 21-A, representada por su presidente, ciudadano JOAQUIN EDUARDO FORERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 3.226.133 y de este domicilio, contra la SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CATATUMBO C.A., inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 01/06/1990, bajo el N° 15, tomo 23-A, representada por el ciudadano ESTEBAN PINEDA BELLOSO. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.