Pues bien, en este orden de ideas, sobre la base de las motivaciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, Artículo 462 del Código Civil Venezolano, Artículo 769 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento No.233, No.14 Inserción 10 de abril de 1.957 No.15, asentada ante el Consulado General de Venezuela en Cúcuta, República de Colombia a nombre de IRIS SULAY DE LA COROMOTO CLAVIJO MURZI, que reposa en el archivo del Registro Principal del estado Táchira, por lo que donde se lee "Sulay" debe corregirse como "Zulay".
En consecuenc.....