PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el coapoderado judicial de la parte demandada, mediante diligencia de fecha 21 de marzo de 2012.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por los abogados Maryan Karinna Durán Ramírez y Alfredo Enrique Durán Vielma, con el carácter de endosatarios en procuración de la sociedad mercantil Centro Médico Quirúrgico El Samán C.A., contra la ciudadana Nerlandy González de Zárate, por cobro de bolívares a través del procedimiento de intimación. En consecuencia, CONDENA a la demandada a pagar a la parte actora, lo siguiente: 1.- La cantidad de sesenta y cinco millones ciento setenta y cuatro mil bolívares (Bs. 65.174.000,00), cuyo equivalente actual es la suma de sesenta y cinco mil ciento setenta y cuatro bolívares (Bs. 65.174,00), monto que corresponde al principal de la letra de cambio objeto de la demanda. 2.- Los intereses moratorios calculados sobre el monto de la referida letra, a la rata del 5% anual conforme a lo pre.....