Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, realizada por las ciudadanas NELLY ESPERANZA SUÁREZ DE BECERRA Y MARITZA ANDREA BECERRA SUAREZ, en su carácter de demandadas, asistidas por el abogado JOSÉ ELIAS DURAN TOLOZA y por la otra parte el abogado JUAN MAURICIO BERNAL ALVAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano PEDRO JESÚS BELANDRIA RODRÍGUEZ, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia expídase copia certificada de la transacción y de la presente homologación. Se insta a la parte actora a consignar la comisión de embargo remitida con oficio N° 101 de fecha 27 de enero de 2009, al Juzgado Especializado (Distribuidor) Ejecutor de Medidas de los .....