. Este Tribunal oída la exposición de ambas partes acuerda el DESISTIMIENTO de la demanda incoada por ALEXIS CACERES CARDENAS, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-12.234.142, contra ESTACION DE SERVICIO MARAYARI S.A.," en la persona de su vicepresidenta ciudadana EVELIA DEL CARMEN MOLINA VIUDA DE HURTADO, titular de la cédula de identidad Nro.V-1.534.179, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, se ordena el desglose de los folios 42 al 48 ambos inclusive, y acuerda dejar en su lugar copia fotostática debidamente certificada. Asimismo, se acuerda expedir copia certificada de la presente acta a ambas partes.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
ABOG.ANA MARIA OMAÑA ESCALONA
Los Presentes,
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE:
URIEL YVAN MARIN BECERRA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
CESAR ALEXANDER M.....