este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la petición de Divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en Común, formulada por los ciudadanos DARLYN JONAIKER OLIVIER LEAL y NELSI LILIANA BAUTISTA ALFONSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.289.191. y V- 20.618.638.
En consecuencia, QUEDA DISUELTO el vinculo matrimonial contraído entre los ciudadanos antes mencionados, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Córdoba, estado Táchira; según consta en el Acta de Matrimonio Nº 079, DE FECHA 30/10/2009.