PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN PABLO DÍAZ OSORIO en fecha 14 de febrero de 2.014, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadanos BLANCA MARÍA MARTIN DE ROSADORO, FRANCISCO GERÓNIMO ROSADORO MARTIN, WILLIAM RAFAEL ROSADORO MARTIN, JHONNY JOSÉ ROSADORO MARTIN y MARIO ANDRÉS ROSADORO MARTIN, contra la sentencia dictada el 17 de enero de 2.014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario N° 09.
SEGUNDO: Se ACUERDA la indexación o corrección monetaria solicitada por la parte demandante en el escrito libelar. En consecuencia: 2.1.- SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGUROS interpuesta por los ciudadanos BLANCA MARÍA MARTIN DE ROSADORO, FRANCISCO GERONIMO ROSADORO MARTIN, WILLIAM RAFAEL ROSADORO MARTIN, JHONNY JOSÉ ROSADORO MARTIN y MARIO ANDRÉS ROSADORO MARTIN, en contra de la.....