ÚNICO: Se declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la Jueza Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Abogada AURA NEIDA MORENO ESCALANTE, en la causa signada por ante el referido Tribunal bajo el N° 21.579, contentiva del juicio por Resolución de Contrato de Cesión de Derechos Litigiosos incoado por la abogada NUBIA JANETT MORENO RUIZ, SARA BERLI MELENDEZ DELGADO, MYLAN DANIEL RODRÍGUEZ DELGADO y EDUARDO JOSÉ DÍAZ PABÓN, en contra la ciudadana SONIA FLORIPES CHACÓN DE ROSSI.
Remítase oficio informando de esta decisión a la Jueza Accidental inhibida, junto con el presente cuaderno a los fines de que lo envíe al Tribunal al que corresponda para que sea agregado como cuaderno separado a la causa principal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
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