Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano SILVESTRE DELGADO ROMERO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-1.534.703, en su carácter de PROPIETARIO, contra el ciudadano VÍCTOR MANUEL PEÑA QUIROGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.061.498, y de este domicilio, en su carácter de ARRENDATARIO, por DESALOJO.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.