En mérito de las anteriores consideraciones, es por lo que este Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de: "Reconocimiento de Comunidad Concubinario" incoada por: MAYRA ALEJANDRA SOLANO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.632.518, en contra de las niñas: SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA DE CONFORMIDADA CON LO ESTABLECIDO 65 DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE y de los ciudadanos: KAREN ANDREA y JUAN CARLOS SALAZAR ACEVEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-18.989.510 y V-18.989.511. En consecuencia, se reconoce judicialmente la existencia de la comunidad concubinario entre los ciudadanos MAYRA ALEJ.....