E C I S I Ó N
Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su Sala Única, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Juan Carlos Hernández Delgado, en su carácter de defensor del acusado William Enrique Hernández.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 10 de noviembre de 2010 y publicada en fecha 16 de noviembre de 2010, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró culpable al referido acusado, de la comisión del delito de Asalto a Transporte Público, previsto y sancionado en el artículo 357, tercer aparte, del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 83 eiusdem, en perjuicio de los ciudadanos Avellaneda Sandra y Jackson Zam.....