Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la rectificación del acta de matrimonio Nº 294 de fecha 08 de agosto de 1985, perteneciente a los ciudadanos ELISA MARTINEZ DE LOPEZ Y JOSE DE JESUS LOPEZ AVELLA, inserta por ante el Registro Civil del inserta por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio, Distrito Bolívar, Estado Táchira hoy Registro Civil del Municipio Bolívar, San Antonio Estado Táchira. En consecuencia, se ordena al Registro Civil antes citado y al Registro Principal del Estado Táchira, colocar una nota marginal en el acta de matrimonio antes referida. Ofíciese lo conducente a los Registros antes citados, remitiéndole copia certificada de esta decisión. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.