declara:
Único: ADMITE la ampliación del escrito libelar presentado por el abogado José Olivo Rodríguez, inscrito en el IPSA bajo el N° 81.229, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA CENAIRA MORENO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.997.214, en contra del Concejo Municipal del Municipio San Cristóbal, por lo que se ordena que sea remitido junto a las notificaciones libradas, la diligencia mediante la cual el apoderado judicial de la parte querellante amplia el objeto de su pretensión y la presente sentencia interlocutoria que admite la misma.