este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, una vez oídas las partes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara con lugar la pretensión del requirente y hacer cesar la detención preventiva, sustituyéndole por una cautelar menos gravosa.
SEGUNDO: Decreta medida cautelar sustitutiva bajo la modalidad de detención domiciliaria en locación Ad Hoc, que reúna condiciones de seguridad, con vigilancia de apostamiento policial.
Notifíquese a las partes con boleta por haberse publicado decisión fuera del lapso, trasládese a los justiciables e impóngansele de la decisión, ofíciese a los cuerpos policiales acerca de la vigilancia y apostamiento, de la cautelar dictada, previa inspección a la locación domiciliaria e información a este Tribunal. Ordénese en su oportunidad el traslado del Centro Penitenciario de Occidente a la locación físi.....