Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: Primero: AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN Y/O INCINERACIÓN del embalaje diferenciado, los embalajes originales de la muestra objeto de la experticia, y la cantidad de MUESTRA "A": TRES (03) GRAMOS CON NOVECIENTOS CINCUENTA (950) MILIGRAMOS, y MUESTRA "B": UN (01) GRAMO CON NOVECIENTOS OCHENTA (980) MILIGRAMOS, DE MARIHUANA (Cannabis Sativa L.) por parte del Ministerio Público, droga sobrante incautada en la causa Nº 2C-2432/2008, Caso Nro. 20-F19-0345/08, seguida contra los adolescentes (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA),, en procedimiento efectuado en fecha 11/09/2008, lo cual consta según Experticia Botánica Nº 9700-134-LCT-5114-08, de fecha.....