Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN de la causa intentada por las ciudadanas INGRID YUSBEY GARCIA RODRIGUEZ y JOSELY MILAGROS RIAÑO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-21.420.255 y N° V-16.122.050 respectivamente, contra la Sociedad Mercantil "TELOMAS, C.A", representada por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ HIDALGO VETHENCOURT y MARIA CAROLINA HIDALGO DE CARRILLO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.164.918 y N° V-9.175.096, en su orden, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judic.....