Único: TOTALMENTE Con lugar la solicitud de entrega del vehículo automotor, interpuesta por las ciudadanas RAIZA RAMIREZ PINO Y JENNY LOPEZ CORDERO, inscritos en el Inpreabogados N° 76.978, Y 111.38 respectivamente, abogadas en ejercicio, actuando en su condición de Defensoras Privadas y apoderadas Judiciales del ciudadano CARLOS ARTURO ARIAS RAMIREZ, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.019.467, según poder especial otorgado por a te la Oficina Pública Notarial de la San Antonio del Táchira, estado Táchira, de fecha 12 de Junio de 2013, inserto bajo el número 30, tomo 162 de los libros de autenticaciones llevados por tal despacho, Ordenando la entrega directa del vehículo con las siguientes características: MARCA, ROMBAUCA, MODELO, RBV2ER20, AÑO, 2011, COLOR NARANJA, PLACAS A61AZIS, TIPO, VOLTEO, CLASE, SEMIREMOLQUE, USO DE CARGA, SERIAL DE LA CARROCERIA 8X9SV08221BS063001; al ciudadano CARLOS ARTURO ARIAS RAMIREZ, Venezolano, Mayor de edad, t.....