Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa parcialmente la referida transacción celebrada en fecha 19 de mayo de 2023, sólo respecto de lo establecido en los particulares primero y segundo de la misma en los términos en ellos establecidos, y acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo expídase por Secretaria copias fotostáticas certificadas solicitadas, una vez los solicitantes aporten los respectivos fotostatos. Así se decide.