este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL MISMO y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente conforme a lo solicitado, Este Tribunal Acuerda El Desglose solicitado de los folios 05, 06, 07, 11, 12, 14, 15 y 16 por ser originales y/o Copias Certificadas, debiendo dejarse copia fotostática certificada en su lugar y los originales para ser entregados a la parte interesada. Con respecto a los folios 08 al 10, visto que son documentos que no están debidamente certificados, ni consta ningún tipo de visado, sello o firma que representen; Este Tribunal Acuerda el Desglose de los mismos, sin dejar certificación de Secretaría en el Expediente, todo para ser entregado a su solicitante. Se Da por Terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente.