ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO.- NO ADMITE LA ACUSACION NI LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra de la imputada NERZA GONZALEZ, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacida en fecha 24-04-74, de 31 años de edad, de profesión u oficio comerciante, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad V-10.166.632, residenciada en El Cují, Carorita, Sector Rómulo Gallegos, Calle 04, entre Carreras 03 y 04, casa de bloque gris, Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCION, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con lo establecido por los artículos 24 y.....