este juzgado Superior es competente para conocer de la comisión, este Juzgador la admite por ser un mandato dirigido de un Juzgado Superior o de otra Jurisdicción para la practica de las notificaciones, de conformidad al principio de cooperación interinstitucional que debe regir todas las actuaciones del Estado, razón por la cual ORDENA:
PRIMERO: Se ORDENA desglosar Oficio de Notificación dirigida al ciudadano Juez Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes.
SEGUNDO: se ordena hacer entrega de los mismos al Alguacil de este Tribunal, a objeto de que practique la notificación antes señaladas
TERCERO: una vez cumplidas las mismas, se ORDENA que sean devueltas junto con sus resultas al comitente. Cúmplase con lo ordenado.