Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara suficiente las presentes actuaciones para asegurarle a los ciudadanos: MARIA ESTHER ARELLANO DE DUQUE y JOSE RIGOBERTO DUQUE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.347.934 y V-5.345.919, su derecho de posesión, sobre una casa de dos pisos para habitación distribuida así: NIVEL PLANTA SOTANO O SOLAR: Constituida por un área de jardín y huerto casero, un área de servicios con su respectivo tanque de agua potable con capacidad de 2000 litros con su respectiva motobomba de agua de 1.5 hp, lavadero con tanque de almacenamiento, área de descanso y una escalera de acceso hacia la planta baja nivel garaje y viceversa con su respect.....